Si no cumples las normas de Protección de Datos actualizadas a lo establecido en el Reglamento Europeo 679/2018 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y la libre circulación de estos datos y la nueva Ley orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y garantía de derechos digitales pueden incurrir en sanciones de hasta 20.000.000€ o el 4% del volumen anual de tu negocio.
Te contamos como se clasifican las sanciones según el reglamento y la nueva ley:
El RGPD establece que las infracciones y sanciones están graduadas según la naturaleza de los derechos personales afectados, al volumen de los tratamientos efectuados, a los beneficios obtenidos, al grado de intencionalidad, a la reincidencia, a los daños y perjuicios causados a las personas interesadas y a otros condicionantes que sean relevantes para determinar el grado de culpabilidad, se dividen en dos tipos:
Las sanciones de la LOPD se presentan de dos modos, por una cifra exacta de importe monetario o en un determinado porcentaje del volumen de negocio del ejercicio anterior a la sanción
- En las infracciones relativas a los derechos de los interesados, no nombrar a un delegado de protección de datos, cuando sea necesario, el consentimiento o la transferencia de datos: Las sanciones pueden llegar hasta 20.000.000€ o un 4% de la facturación anual.
- En las infracciones relativas al incumplimiento de las obligaciones del responsable y encargado del tratamiento o de los organismos de certificación: Las sanciones pueden llegar hasta 10.000.000€ o el 2% de la facturación anual.
La Nueva L.O. 3/2018 de Protección de Datos Personales divide las infracciones y sanciones en tres tipos:
- Sanciones leves: son las sanciones con importe inferior a 40.000 euros
- Sanciones graves: conllevan un importe comprendido entre 40.001 y 300.000 euros
- Sancione muy graves: son en las que el importe supera los 300.000 euros
Para determinar la sanción que corresponde a una determinada infracción se tendrá en cuenta, entre otros:
- El carácter continuado o no de la mala actuación.
- Los beneficios obtenidos por el infractor con la infracción.
- La posibilidad de que la conducta del afectado hubiese podido inducir a la comisión dela infracción.
- El sometimiento por parte del infractor de manera voluntaria a mecanismos de resolución alternativa.
Prescripción de las sanciones:
Prescribirán en un año: las sanciones por importe igual o inferior a 40.000 euros.
Prescribirán en dos años: las sanciones por importe comprendido entre 40.001 y 300.000 euros.
Prescribirán en tres años: las sanciones por un importe superior a 300.000 euros.
Evita riesgos en tu organización, implanta un sistema de protección de datos personales.
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